En los diferentes casos, el oficial de información de la CSJ denegó la información bajo el argumento de que los exámenes patrimoniales no se han realizado aclarando que se entregarían una vez se realicen y se trasladen a versión pública.
En su resolución emitida ayer, el IAIP ordena entregar en cinco días los análisis patrimoniales de gestiones públicas específicas de Nayib Bukele en su gestión de alcalde de Nuevo Cuscatlán, José Belarmino Jaime de su periodo como presidente de la CSJ, Ana Vilma de Escobar y Carlos Quintanilla Schmidt, en sus periodos como vicepresidentes del país.
También ordena entregar las auditorías del exsecretario jurídico Luis Mario Rodríguez, los expresidentes del Instituto Nacional de los Deportes (INDES), Enrique Molins Rubio, Jorge Hernández Issusi, Jaime Alberto Rodríguez, Jorge Alberto Pérez Quezada y del expresidente de la CSJ, José Domingo Méndez. Según el IAIP, el corto plazo de entrega se debe a que la CSJ ya expresó un compromiso de finalizar estas auditorías en diciembre de 2016.
El resto de declaraciones tendrán un plazo de entrega hasta el 30 de abril de 2017, correspondientes a los funcionarios o exfuncionarios: Marina Marenco de Torrento, Levis Italmir Orellana, Napoleón García y Nicola Angelucci.
De acuerdo al Instituto, otros exámenes solicitados a patrimonios de Tito Zelada, Santos Treminio, Alcides Funes Teos, Manuel Martínez, Luis Enrique Campos y Jorge Quinteros, exmiembros del Consejo Nacional de la Judicatura, deberán finalizar el 30 de abril de 2017.
Según la resolución del IAIP, la CSJ señaló que practicaría las auditorías solicitadas; un primer grupo se terminaría en diciembre de 2016 y otro grupo el 30 de abril de 2017.
Una demandante solicitó que se inicie un procedimiento sancionatorio para determinar si hubo negligencia de la Sección de Probidad o del oficial de acceso a la información de la CSJ. El IAIP indicó que no se acredita negligencia por parte de funcionarios.
Cree CSJ puede rechazar
En su voto, Jaime Campos, comisionado del IAIP, consideró que la Sección de Probidad de la CSJ debe establecer en cada caso un plazo razonable para cada investigación dependiendo de su capacidad, recursos o complejidad, pero que también tiene la facultad de rechazar el pedido de auditoría “siempre que no exista indicio alguno de enriquecimiento ilícito” o que “no se cumplan los criterios” definidos por la CSJ.
La CSJ definió como criterios para iniciar investigaciones patrimoniales: la prescripción, la relevancia del cargo y los casos graves y notorios. La publicidad de los informes patrimoniales inició en el país luego de una resolución del IAIP de julio de 2015.